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GLOSARIO DE TÉRMINOS DE RECICLADO DE APARATOS DE ELÉCTRICOS ELECTRÓNICOS


Hemos tratado de reunir en este documento los términos más comunes del  reciclado de aparatos eléctricos y electrónicos, con el fin de que sirva de ayuda a quienes trabajen en este campo. Nos gustaría hacerlo cada día más completo y mejor. Por ello, agradeceremos muy de veras todas las aportaciones, sugerencias y correcciones que permitan que pueda llegar a ser cada vez más útil para todos.

ACV (Análisis del Ciclo de Vida) o LCA (Life Cycle Assessment)
Proceso objetivo para evaluar las cargas ambientales asociadas a un producto, proceso o actividad identificando y cuantificando el uso de materia y energía y los vertidos al entorno; para determinar el impacto que ese uso de recursos y esos vertidos producen en el medio ambiente, y para evaluar y llevar a la práctica estrategias de mejora ambiental


AEE (Aparatos Eléctricos y Electrónicos)
Todos los aparatos que necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos. Véase: Equipos eléctricos y electrónicos.
 

AERPAM - ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE RECOGEDORES DE PILAS, ACUMULADORES Y MÓVILES
Asociación que opera en la creación, diseño y promoción, gestión y desarrollo de las empresas recogedoras de pilas, acumuladores y móviles. Es una entidad libre e independiente sin ánimo de lucro, de carácter privado y ámbito estatal cuyo objeto social es el de reunir y relacionar a tales personas, empresas e instituciones interesadas en la actualización de las estructuras de la recogida de pilas, acumuladores y móviles, y en la consolidación de fórmulas innovadoras e integradoras. www.aerpam.org

AETIC – Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de España
La asociación es resultado de la fusión entre la Asociación Nacional de Industrias Electrónicas y de Telecomunicaciones (ANIEL) y la Asociación Española de Empresas de Tecnologías de la Información (SEDISI). AETIC quiere promover el desarrollo del sector de la Electrónica, las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones, especialmente con la generación de valor añadido y de actividad industrial o de servicios. http://www.aetic.es


Almacenamiento
Depósito temporal de residuos, con carácter previo a su valorización o eliminación, por tiempo inferior a dos años o a seis meses si se trata de residuos peligrosos, a menos que reglamentariamente se establezcan plazos inferiores.
No se incluye en este concepto el depósito temporal de residuos en las instalaciones de producción con los mismos fines y por períodos de tiempo inferiores a los señalados en el párrafo anterior. (Ley 10/1998 de Residuos).


AMBILAMP - Asociación para el reciclaje de lamparas
AMBILAMP está fundada por las empresas General Electric, Osram, Philips y Sylvania, y tiene como objetivo la incorporación de todos los productores de lámparas que operen en el territorio nacional. Ambilamp nace como una asociación privada sin ánimo de lucro, para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas por el Real Decreto 208/2005, que transpone la Directiva RAEE sobre aparatos eléctricos y electrónicos, y la gestión de sus residuos.
 

Amianto
Diversos minerales del grupo de los silicatos que se presentan en la naturaleza. Estos minerales presentan la particularidad de separarse en fibras largas y flexibles, por lo que pueden ser tejidos para formar telas. Estas telas presentan aplicaciones muy diversas ya que son fuertes, duraderas y resistentes al ataque químico y al fuego. De hecho, el término griego para designar al amianto es asbestos, que quiere decir imperecedero o indestructible.
Debido a las cualidades mencionadas, se ha utilizado el amianto en miles de productos de consumo, industriales, marítimos, automotrices, científicos y en construcción. No obstante, en la actualidad casi no usa por suponer un riesgo para la salud, ya que las partículas de amianto, pueden ocasionar graves daños pulmonares (asbestosis).


ANFALUM – Asociación Española de Fabricantes de Iluminación
ANFALUM es una asociación de 70 fabricantes entre los más representativos de toda la industria a nivel nacional. Fundada en 1980 está formada por tres subsectores básicos: luminarias, fuentes de luz y componentes eléctricos.


ANFEL – Asociación Nacional de Fabricante e Importadores de Eléctricodomésticos de Línea Blanca
La asociación cuenta con 14 empresas afiliadas, siendo los más importantes fabricantes e importadores de electrodomésticos de línea blanca. ANFEL fue fundada como tal en el año 1972 y también es miembro activo de CECED, la Asociación Europea de Fabricantes de Electrodomésticos. Véase: CECED.


ANGED – Asociación Nacional de grandes Empresas de Distribución.
Asociación de ámbito nacional constituida por la libre asociación de empresas dedicadas al comercio minorista, fundada en 1965 lo que la convierte en una de las patronales más antiguas de España. La Asociación está representada por todas las fórmulas de la distribución moderna: grandes almacenes, hipermercados, supermercados, tiendas especializadas, comercio integrado en centros comerciales, etc. http://www.anged.es/


ASIMILEC – Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones
La asociación fue fundada en 1984, y actualmente, ASIMELEC cuenta con más de 1.500 empresas representadas.

ASIMELEC es la única Asociación del sector electrónico que agrupa a fabricantes, comercializadores, distribuidores y en el caso del sector de Telecomunicaciones a Instaladores, convirtiéndose por ello dentro del mercado electrónico, en uno de los interlocutores más cualificados ante la Administración española y comunitaria y ante el resto de las instituciones y organismos de carácter público o privado. http://www.asimelec.es


Aprovechamiento
Todo proceso industrial cuyo objeto sea la recuperación y transformación de los recursos contenidos en los residuos. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)


Asbesto
Término griego para designar al amianto. Véase: Amianto


Batería
Dispositivo que produce energía eléctrica a partir de energía química. La célula voltaica secundaria, batería o acumulador es aquel generador de energía eléctrica que se caracteriza porque una vez finalizadas las reacciones químicas que proporcionan la energía eléctrica, puede recuperar la estructura química inicial y, por lo tanto, proporcionar un nuevo ciclo de generación de energía eléctrica. Por lo tanto, el proceso de conversión de energía química en eléctrica es reversible: una vez acabada la descarga de la célula voltaica, si le somete a un proceso de carga consistente en hacer circular a su través corriente continua, en sentido opuesto al de descarga, se invierten las reacciones químicas que tuvieron lugar durante la generación de electricidad y la célula recupera su estado inicial. En este proceso de carga, la energía eléctrica se convierte en energía química que de nuevo podrá transformarse en energía eléctrica cuando se precise.

Las células secundarias pueden cargarse repetidas veces, es decir, se caracterizan por ser capaces de soportar repetidos ciclos de vida (ciclos de descarga). Podría decirse que las células voltaicas secundarias no generan energía eléctrica (como propiamente hacen las células primarias en su ciclo de descarga), sino que la almacenan. Por ello también reciben el nombre de acumuladores.
Aunque el término batería hizo en su origen referencia a la existencia de varias pilas o acumuladores conectados entre sí para poder alcanzar mayor tensión de la que es capaz de proporcionar uno sólo, en España dicho término se asocia al de célula voltaica secundaria o acumulador, es decir, al hecho de ser recargable. A diferencia de ello, en inglés el término battery engloba tanto a baterías como a pilas, designando una fuente de tensión o de corriente constituida por dos o más células electrolíticas conectadas conjuntamente y utilizadas como una única unidad.
Véase también: Pila


Cadmio (Cd)
Elemento químico del grupo VIII de la tabla periódica. Número atómico 48 y masa atómica 112,41. Se encuentra en las baterías recargables y las capas de generación de color de determinadas pantallas de ordenador. El cadmio es un metal pesado, capaz de acumularse en los organismos y en el ser humano a través de las cadenas tróficas, afecta al sistema nervioso y es tóxico en dosis elevadas.

Calcín
Chatarra de vidrio fragmentado, acondicionado o no para su fundición.


Carcinogénico
Agente del que se ha probado experimentalmente su capacidad para inducir o producir cáncer en humanos o animales. Los agentes carcinogénicos pueden ser físicos (ciertos tipos de radiación) o químicos, entre los que se encuentran numerosas sustancias.


CEDEC - Asociación Europea de Fabricantes de Electrodomésticos
CECED fue fundado en la iniciativa de las asociaciones nacionales de Europa occidental, en 1958. La asociación promueve la misión de la industria para aumentar el funcionamiento mientras que reduce las consecuencias para el medio ambiente de las aplicaciones.


Cibervertedero
Palabra que indica un lugar donde deshacerse de los residuos electrónicos pese a los riesgos para la salud y el medioambiente que ello causa en las poblaciones indígenas. Según la organización Basel Action Network (BAN), Norteamérica ha convertido esta región asiática en un 'cibervertedero'.


Circuito impreso, Placa de (PCI, PCB, PWB)
Técnica de interconexión de componentes electrónicos basada en la utilización como líneas de interconexión entre los mismos de tiras de cobre adheridas a un soporte aislante (rígido o flexible).
Las placas de circuito impreso están constituidas básicamente por una sustancia plástica (resina fenólica o epoxídica, TFE,...), con carga de vidrio y/o cerámica y algún agente ignífugo.


Clorofluorocarbonos (CFC’s)
Derivados de hidrocarburos volátiles que contienen cloro y flúor, y que tenían hasta hace pocos años múltiples usos industriales, como era el caso de equipos de refrigeración, propelentes en nebulizadores, agentes limpiadores de los fundentes es las tarjetas de circuito impreso tras el proceso de soldadura, etc.

La emisión de CFC’s a la atmósfera provoca daños en la capa de ozono, ya que los CFC’s se descomponen por la radiación solar ultravioleta y producen cloro libre que destruye el ozono. Esto aumenta la recepción en la tierra de los rayos ultravioleta y el riesgo de contraer cáncer de piel (melanoma maligno) como consecuencia de ello.
La preocupación por este problema medioambiental ha llevado a acuerdos internacionales que limitan la producción de CFC’s y tienden a su eliminación.


Cobre (Cu)
Elemento químico del grupo VIII de la tabla periódica. Número atómico 29, masa atómica 63,54. Metal denso de color rojo, blando, dúctil y maleable y muy buen conductor de la electricidad. Se encuentra en la naturaleza en forma elemental (cobre nativo) y en minerales como calcopirita y cuprita. Tiene aplicaciones industriales en aleaciones, conductores eléctricos, tuberías, etc.


Contaminación
Alteración reversible o irreversible de los ecosistemas o de alguno de sus componentes producida por la presencia o la actividad de sustancias o energías extrañas a un medio determinado.


Contaminante

Agentes (microorganismos, sustancias químicas o formas de energía como calor o ruido) liberados al medio por alguna actividad humana y que producen efectos perjudiciales.


Contenedor
Cualquier recipiente en el cual un material es almacenado, transportado o manipulado de algún modo.


Chatarra
Restos producidos durante la fabricación o consumo de un material o producto. Se aplica tanto a objetos usados, enteros o no, como a fragmentos resultantes de la fabricación de un producto.
 

DEEE: Déchets des équipements électricques et électroniques

DEFRA: Ministerio de Medio Ambiente, en Gran Bretaña

Desechos
Las sustancias u objetos a cuya eliminación se procede, se propone proceder o se esta obligado a proceder en virtud de lo dispuesto en la legislación nacional.
 

Dioxina
Compuestos orgánicos que contienen en su molécula átomos de cloro y núcleos aromáticos (anillos con dobles enlaces conjugados).
Son productos industriales de elevada toxicidad y persistencia en el medio. Han provocado accidentes de trágicas consecuencias, por ejemplo, Seveso, en Italia.


Disposición final
Toda operación de eliminación de residuos peligrosos que implique la incorporación de los mismos a cuerpos receptores, previo tratamiento obligatorio en los casos que así corresponda. Constituyen disposiciones finales las siguientes operaciones de eliminación: el depósito permanente dentro o sobre la tierra, la inyección profunda, el embalse superficial, los rellenos especialmente diseñados, los vertidos y emisiones resultantes de operaciones de tratamiento, reciclado, regeneración y reutilización de residuos peligrosos, etc.


Distribuidor o vendedor
Cualquier persona que suministre aparatos eléctricos y electrónicos, en condiciones comerciales, a otra persona o entidad que sea usuario final de dicho producto, según Real Decreto 208/2005 de 25 de febrero, sobre Aparatos Eléctricos y Electrónicos y la gestión de sus residuos, B.O.E. núm. 49 del sábado 26  de febrero de 2005.

DOENI: Departamento de Medio Ambiente de Irlanda del Norte

DTI: Ministerio de Industria y Comercio, en Gran Bretaña

ECOLOGIC
Sistema Integrado de Gestión francés creado por iniciativa de la Fédération des Enterprisen Internationales de la Mécanique et de l’Electronique (FICIME) y de la Alliance TICs, en Francia

ECO-SYSTÈMES
Sistema Integrado de gestión fruto de una iniciativa concertada entre el Groupement Interprofessionnel des Fabricants d’Appareils Ménagers (GIFAM), la Fédération du Commerce et de la Distribution (FCD) y el Syndicat des Industries de Materiéls Audiovisuels et Électroniques (SIMAVELEC)
 

ERP: European Recycling Platform

ECOLEC – Fundación
Un sistema de gestión colectiva creada por las asociaciones empresariales que representan al sector de fabricantes e importadores de grandes y pequeños electrodomésticos. La Fundación ECOLEC pretende ser el referente en la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electronicos. Tiene como fin ser el sistema de financiación colectiva de gestión de residuos más importante de España. http://www.ecolec.es


ECOPILAS – Fundación para la gestión medio ambiental de pilas
La Fundación nace al amparo de la Comisión de Pilas de ASIMELEC (Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones) y tiene por objeto el diseño, la organización y gestión de un Sistema Integrado de Gestión de pilas y baterías domésticas usadas (SIG) procedentes del consumo doméstico, una vez llegados al final de su vida útil. http://www.asimelec.es/htmventa/Ecopilas/Index.htm


ECOTIC - Fundación
Fundación para la recogida y reciclado de los residuos de los Equipos Electrónicos y de Telecomunicaciones al final de su vida, creada por AETIC. http://www.ecotic.org/


EEE- Equipos eléctricos y electrónicos
Aparatos eléctricos y electrónicos: aparatos que necesitan para funcionar corriente eléctrica o campos electromagnéticos, destinados a ser utilizados con una tensión nominal no superior a 1.000 V en corriente alterna y 1.500 V en corriente continua, y los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos, según Real Decreto 208/2005 de 25 de febrero, sobre Aparatos Eléctricos y Electrónicos y la gestión de sus residuos, B.O.E. núm. 49 del sábado 26  de febrero de 2005.


Eliminación
Cualquiera de las operaciones enumeradas en el Anexo II A (Directiva 91/156/CEE modificado por: 96/350/CE: Decisión de la Comisión de 24 de mayo de 1996 por la que se adaptan los Anexos II A y II B de la Directiva 75/442/CEE del Consejo relativa a los residuos).
Todo procedimiento dirigido, bien al vertido de los residuos o bien a su destrucción, total o parcial, realizado sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente. En todo caso, estarán incluidos en este concepto los procedimientos enumerados en el anexo IIA de la Decisión de la Comisión (96/350/CE) de 24 de mayo de 1996, así como los que figuren en una lista que, en su caso, apruebe el Gobierno. (Ley 10/1998 de Residuos).
Todos aquellos procedimientos que no impliquen aprovechamiento alguno de los recursos, como el vertido controlado, la incineración sin recuperación de energía, la inyección en el subsuelo y el vertido al mar. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


End of Life Electrical and Electronic Equipment
Hace referencia a los equipos eléctricos o electrónicos que puedan ser considerados desechos, de acuerdo con el espíritu del Artículo I(a) de la directiva 75/442/EEC.


E-Scrap o Scrap
E-Scrap se define como todo equipo electrónico que ha llegado al final de su vida útil.


Estación de transferencia
Instalación en la cual se descargan y almacenan los residuos para poder posteriormente transportarlos a otro lugar para su valorización o eliminación, con o sin agrupamiento previo. (Ley 10/98 de Residuos)


Estado de exportación
Se entiende toda parte desde la cual se proyecte iniciar o se inicie un movimiento transfronterizo de desechos peligrosos o de otros desechos.


Estado de importación
Se entiende toda Parte hacia la cual se proyecte efectuar o se efectúe un movimiento transfronterizo de desechos peligrosos o de otros desechos con el propósito de eliminarlos en él o de proceder a su carga para su eliminación en una zona no sometida a la jurisdicción nacional de ningún Estado.


Estado de tránsito
Se entiende todo Estado, distinto del Estado de exportación o del Estado de importación, a través del cual se proyecte efectuar o se efectúe un movimiento de desechos peligrosos o de otros desechos.


Estaño (Sn)

Elemento químico del grupo IV de la tabla periódica. Número atómico 50, masa atómica 118,69.
Blando, brillante, dúctil y maleable. Puede prepararse en láminas delgadas. En la naturaleza se encuentra sobre todo en forma de óxido (casiterita). Es muy utilizado en electricidad y electrónica, sobre todo formando parte del soldante más común (Sn&Pb) en soldadura blanda (soldering).


FAPE – Asociación Española de Fabricantes de pequeños Electrodomésticos
La Asociación está abierta a todos los fabricantes implantados en España de pequeños aparatos electrodomésticos con centros productivos en cualquier país de la Comunidad Europea, y tiene por objeto el estudio, defensa, promoción y representación de los intereses profesionales y colectivos de sus asociados. http://www.e-fape.com/index.html


FCD: Fédération du Commerce et de la Distribution, en Francia

FECE – Federación Española de Comerciantes de Electrodomésticos
La Federación Española de Comerciantes de Electrodomésticos, fue fundada en Madrid, en 1980, por las distintas asociaciones regionales de comerciantes del sector con el objetivo de defender y representar a escala nacional los intereses de los comerciantes de electrodomésticos (línea blanca y línea marrón y electrónica de consumo). http://www.fece.org/home.htm

FICIME: Fédération des Enterprisen Internationales de la Mécanique et de l’Electronique, en Francia.


Generador de residuos
Toda persona física o jurídica que como resultado de sus actos o de cualquier proceso, operación o actividad produzca residuos que puedan contaminar el ambiente.


Gestor
Persona o entidad, pública o privada, que realice cualquiera de las operaciones que componen la gestión de los residuos, sea o no el productor de los mismos. (Ley 10/1998 de Residuos)


Gestión
La recogida, el transporte, la valorización y la eliminación de los residuos, incluida la vigilancia de estas operaciones, así como la vigilancia de los lugares de descarga después de su cierre (Directiva 91/156/CEE del Consejo de 18 de marzo de 1991 por la que se modifica la Directiva 75/442/CEE relativa a los residuos).
La recogida, el almacenamiento, el transporte, la valorización y la eliminación de los residuos, incluida la vigilancia de estas actividades, así como la vigilancia de los lugares de depósito o vertido después de su cierre. (Ley 10/1998 de Residuos).

Conjunto de actividades encaminadas a dar a los mismos el destino más adecuado de acuerdo con sus características para la protección de la salud humana, los recursos naturales y el medio ambiente. Comprende:
a) Las operaciones de recogida, almacenamiento, transportes, tratamiento y eliminación.
b) Las operaciones de transformación necesarias para su reutilización, su recuperación o su reciclaje.
(Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)

GIFAM: Groupement Interprofessionnel des Fabricants d’Appareils Ménagers en Francia

Gran sistema
Sistema informático, compuesto por una UCP, Periféricos, Terminales y Equipos de comunicaciones en el que el valor de su UCP expresado en pesetas corrientes de cada año, supera los 100 millones. Se consideran grandes sistemas, cumpliendo la anterior restricción de valor, la configuración "cluster" de varias CPU de miniordenadores, y, asimismo los Multisistemas o Sistemas de conexión manual o en "caliente" de varias CPU.


Granza de plástico de recuperación
Producto obtenido de reciclar plásticos usados y que equivale a los productos plásticos de primera transformación o "granza virgen". Normalmente se presenta en forma de fino "macarrón" troceado.


Ignífugos, productos
Son productos que se incorporan a un material para alterar de alguna manera el proceso de combustión que ocurre cuando dicho material alcanza una temperatura determinada. Su objeto es, pues, evitar o, al menos, retardar la propagación del fuego. Están presentes en las tarjetas de circuitos impresos, cables, cajas y bastidores. Hasta un 30% del plástico del revestimiento de un ordenador puede estar compuesto de sustancias ignífugas.
La mayor parte de los productos ignífugos contienen bromo o cloro, y están químicamente relacionados con otro grupo de toxinas ambientales, los PCB. Tanto los que contienen bromo o cloro como PCB pueden causar graves efectos sanitarios, incluidos los daños en la reproducción de mamíferos y aves piscícolas como consecuencia de procesos bio-acumulativos.
 

Incineración
Transformación de un material en un residuo sólido (cenizas), gas y calor por combustión en una atmósfera de oxígeno. Se utiliza en el tratamiento de residuos (plantas de incineración).
Proceso de oxidación térmica a alta temperatura en el cual los residuos peligrosos son convertidos, en presencia de oxígeno, en gases y residuales sólidos incombustibles. Los gases son emitidos a la atmósfera, previa su limpieza hasta convertirlos en ambientalmente correctos y los residuos sólidos son tratados y/o depositados en un relleno de seguridad.
Véase: Instalación de Incineración de residuos
 

Inertización
Tratamiento de los residuos para transformarlos en sustancias químicamente inertes, esto es, sustancias estables que tienden a no sufrir alteraciones por procesos físico-químicos o biológicos, por lo que pueden almacenarse en vertederos.
Hacer reaccionar a los residuos peligrosos de modo que formen un compuesto con una estructura química muy estable.
 

Instalación de gestión de residuos
Aquéllas encaminadas a tratar, eliminar o transformar los desechos y residuos, dándoles a los mismos el destino más adecuado para la protección del medio ambiente y la salud. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


Instalaciones de concentración y transferencia
Las instalaciones de concentración y transferencia de residuos son aquellas destinadas a la recepción de residuos, con almacenamiento provisional en tiempo máximo de 48 horas. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


Instalación de alimentación
Es aquella destinada a albergar todos los procedimientos dirigidos al vertido controlado de los residuos o a su destrucción total o parcial, por incineración u otro sistema que no implique recuperación de energía. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


Instalaciones de aprovechamiento y valorización
Las instalaciones de aprovechamiento son aquellas cuyo objetivo es la recuperación o transformación de los recursos contenidos en los residuos mediante la aplicación de procesos físicos, químicos o biológicos. Dentro de estos aprovechamientos se incluyen:
a) Reciclado como proceso que tiene por objeto la recuperación de forma directa o indirecta de los componentes que contienen los residuos.
b) Compostaje como proceso de descomposición biológica, por vía aerobia, de la materia orgánica contenida en los residuos sólidos en condiciones controladas.
c) Pirólisis como proceso de destilación seca en el que, a diferencia de la incineración, el aire, se encuentra ausente durante el proceso.
d) En general cualquier operación de transformación de residuos que contiene aprovechamiento, hidrogenación, oxidación, hidrólisis, etc.
(Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)


Instalación de incineración de residuos
Instalación en que los residuos son tratados por combustión, convirtiéndose en gases, cenizas, escorias y calor, que incluye los hornos de incineración y sus sistemas de alimentación y control. Los residuos obtenidos de la incineración son susceptibles de tratamiento como los gases o de depósito en vertederos controlados como las escorias y cenizas, y el calor puede utilizarse para calentar agua o producir electricidad.

Todo equipo técnico destinado al tratamiento de residuos por incineración, con y sin recuperación del calor de combustión producido, con exclusión de las instalaciones especialmente destinadas, en tierra o en el mar, a la incineración de lodos de depuradoras, residuos químicos, tóxicos y peligrosos, residuos procedentes de actividades médicas de hospitales u otros residuos especiales, incluso en el caso de que dichas instalaciones puedan incinerar también residuos sólidos urbanos previstos en un Municipio.(Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


LCA (Life Cycle Assessment) o ACV (Análisis del Ciclo de Vida)
Proceso objetivo para evaluar las cargas ambientales asociadas a un producto. Véase: ACV.


LCI (Life Cycle Inventory)


Manejo
La recolección, el transporte y la eliminación de los desechos peligrosos o de otros desechos, incluida la vigilancia de los lugares de eliminación.


Manejo ambientalmente racional
Se entiende la adopción de todas las medidas posibles para garantizar que los desechos peligrosos y otros desechos se manejen de manera que queden protegidos en el medio ambiente y la salud humana contra los efectos nocivos que pueden derivarse de tales desechos.


Mercurio (Hg)
Elemento químico del grupo VIII, de número atómico 80 y masa atómica 200,59. Por su bajo punto de fusión (-38,84º C) es el único metal líquido a temperatura ambiente.
El mercurio suele encontrarse en las baterías, relés, conmutadores, lámparas, tubos fluorescentes, etc.
Es un metal pesado muy tóxico que se acumula en los organismos a través de las cadenas tróficas en forma de metil-mercurio, dañando el sistema nervioso. En Minamata (Japón), la contaminación de personas por mercurio por el consumo de pescado contaminado produjo una enfermedad, con casos mortales, descrita como enfermedad de Minamata.

Recientes estudios (http://www.sciencenews.org/20010707/fob1.asp) han demostrado que el mercurio que se encuentra en los vertederos puede verse alterado químicamente, haciéndolo no solo más tóxico, sino también creando compuestos volátiles, con lo que se favorece su liberación y extensión en el aire. En los vertederos, determinadas bacterias produce una transformación química del mercurio convirtiéndolo en dimetilmercurio, una sustancia bastante más tóxica aún que el mercurio. Ello podría explicar la existencia de metilmercurio (MeHg) en el aire y en el agua de lluvia y justificaría aún más la importancia de evitar que cualquier producto que contenga mercurio acabe en un vertedero.


Metales pesados

Elementos químicos del grupo de los metales, con densidad superior a 4,5 g/cm3 y masa atómica alta, como cadmio, cobre, cromo, mercurio, plomo, etc.
Constituyen un grupo de sustancias que se metabolizan mal y que presentan toxicidad para los seres vivos, incluido el hombre.


Minimización

Acciones tendentes a reducir o suprimir la producción de desechos y residuos o que posibiliten el reciclado o la reutilización en los propios focos de producción, hasta niveles económicos y técnicamente factibles. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


Movimiento transfronterizo
Todo movimiento de desechos peligrosos o de otros desechos procedente de una zona sometida a la jurisdicción nacional de un Estado y destinado a una zona sometida la jurisdicción nacional de un Estado y destinado a una zona sometida a la jurisdicción nacional de otro Estado, a través de esta zona, o a una zona no sometida a la jurisdicción nacional de ningún Estado, o a través de esta zona, siempre que el movimiento afecte a dos Estados por lo menos.
 

OCU - Organización de Consumidores y Usuarios
La asociación está integrada en los principales organismos de representación internacional de los consumidores y forma con las asociaciones hermanas de Bélgica, Italia, Portugal, Francia y Luxemburgo el grupo EUROCONSUMERS (Consumidores de Europa). http://www.ocu.org/


Ordenador personal
Equipo informático con una CPU basada en microprocesador que tiene además una pantalla y un teclado y normalmente impresora, que permite la entrada de datos, almacenamiento, y salida en el mismo lugar, y, cuyo precio en pesetas corrientes de cada año está comprendido entre 100.000 y 1.000.000. Se incluyen en este apartado los Procesadores de Textos dedicados que tengan la misma configuración física que la señalada anteriormente y cumplan el requisito de valor precitado.


PCB (Printed Circuit Board) Véase: Circuito Impreso


PCI (Placa Circuito Impreso) Véase: Circuito Impreso
 

Producer Compliance Schemes (PCS): Sistemas Integrados de Gestión en Gran Bretaña

PCS (Producer Compliance Schemes): Sistemas Integrados de Gestión en Gran Bretaña

Polichlorynated biphenyls (PCBs)
Son sustancias consideradas como residuos tóxicos y peligrosos, que son utilizadas sobre todo en mezcla líquida con triclorobenceno en el aislamiento eléctrico y la refrigeración de determinados tipos de transformadores eléctricos.
Los bifenilos o difenilos policlorados (DPC) y trifenilos policlorados (TPC), también se los conoce por su denominación en inglés "polichlorynated biphenyls" (PCBs) y "polichlorynated triphenyls" (PCTs); cuando se los emplea en equipos eléctricos que es su uso más frecuente, se los conoce bajo la denominación genérica de "ascarel".

Los DPC son mezclas de productos químicos aromáticos, que se obtienen por cloración de bifenilo en presencia de un catalizador adecuado. Estos compuestos y sus contaminantes, dibenzofuranos y dibenzoparadioxinas, son altamente tóxicos tanto para el hombre como para el medio ambiente. Sintetizados por primera vez en 1881, han sido utilizados desde los años 30. Su resistencia a inflamarse y su capacidad de resistir el calor, junto con su baja conductividad eléctrica, lo hacen adecuado para una amplia gama de productos: lámparas fluorescentes, fluido hidráulico y, de mayor importancia, transformadores eléctricos y condensadores.

Sus efectos tóxicos fueron determinados en 1936, pero recién a finales de los sesenta (como consecuencia de un accidente en Japón) se apreció con amplitud sus peligros. Son compuestos muy estables y sólo pueden ser destruidos por incineración a temperaturas superiores a los 1.200ºC. Una incineración incompleta puede llevar a la formación de nuevos compuestos, frecuentemente más tóxicos, en especial los PCDFs y las dioxinas.

Producer Compliance Schemes (PCS): Sistemas Integrados de Gestión en Gran Bretaña

Polichlorynated triphenyl (PCTs)
Las sustancias tóxicas y peligrosas denominadas bifenilos o difenilos policlorados (DPC) y trifenilos policlorados (TPC) también se los conoce por su denominación en inglés "polichlorynated triphenyl" (PCTs). Véase: PCBs


Pequeño sistema

Sistema informático compuesto por una CPU, periféricos, terminales y equipos de comunicaciones en el que el valor de su CPU expresado en pesetas corrientes de cada año está comprendido entre 1 y 10 millones.


Pila

Dispositivo que produce energía eléctrica a partir de energía química. Se denomina célula voltaica primaria o pila a aquél generador de energía eléctrica a partir de energía química, de modo tal que una vez agotada esta energía, ya no es posible recuperar la configuración química inicial. Es decir el proceso de conversión de energía química en eléctrica es un proceso irreversible. Por lo tanto, han de desecharse una vez que han convertido toda su energía química en eléctrica.
Véase también: Batería


Plásticos
Polímeros orgánicos obtenidos a partir de sustancias naturales o -lo más común- mediante síntesis química. Son de gran diversidad y elevado número de aplicaciones.
Muchos plásticos dan lugar a problemas ambientales tanto por sí mismos (no degradabilidad) como por los procesos industriales de su obtención (producción de sustancias contaminantes).


Plásticos, siglas

ABS Acrilonitrilo-butadieno-estireno
BR Cauchos de polibutadieno
CR Cauchos de cloropreno
EP Resinas epoxi
EPM Cauchos saturados
EPDM Cauchos saturados
IIR Cauchos butílicos
IR Poliisopreno sintético
LLDPE Polietileno lineal de baja densidad
NBR Cauchos de butadieno-acrilonitrilo
NR Caucho natural
PA Poliamidas
PAN Poliacrilonitrilo
PC Policarbonato
PCH Polihidroxialcanoatos (Polímero producido por bacterias)
PE Polietileno
PET Politereftalato de etileno
PELBD Polietileno de baja densidad
PHB Polihidroxibutirato (Polímero producido por bacterias)
PMMA Polimetacrilato de metilo
POM Polióxido de metileno
PP Polipropileno
PS Poliestireno
PS-HI Poliestireno de alto impacto
PTFE Politetrafluoretileno
PUR Poliuretano
PVC Policloruro de vinilo
PVC-C Policloruro de vinilo clorado
SAN Copolímero estireno-acrilonitrilo
SBR Cauchos de butadieno-estireno
TPE Elastómeros termoplásticos


Plomo (Pb)
Elemento Químico del grupo IV de la tabla periódica. Número atómico 82 y masa atómica 207.19.
En electricidad y electrónica se encuentra principalmente formando parte del soldante de la soldadura blanda (Sn&Pb). También en pantallas de visualización, condensadores, etc.
El plomo daña el sistema nervioso y, en dosis elevadas, provoca envenenamiento.


Poseedor

El productor de los residuos o la persona física o jurídica que los tenga en su posesión (Directiva 91/156/CEE del Consejo de 18 de marzo de 1991 por la que se modifica la Directiva 75/442/CEE relativa a los residuos) (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía)
El productor de los residuos o la persona física o jurídica que los tenga en su poder y que no tenga la condición de gestor de residuos (Ley 10/1998 de Residuos).


Prevención
Conjunto de medidas destinadas a evitar la generación de residuos o a conseguir su reducción, o la de la cantidad de sustancias peligrosas o contaminantes presentes en ellos. (Ley 10/1998 de Residuos).
Proceso necesario para disminuir la generación de residuos sólidos urbanos. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía). Evitar o reducir el impacto ambiental (en términos de cantidad o de nocividad para el medio ambiente) de los residuos originados como consecuencia de la fabricación, comercialización y uso de un producto, refiriéndose sólo a las actividades que son anteriores al momento de la recolección del residuo. En esta etapa son fundamentales el diseño y el proceso de fabricación.
Todas las medidas adoptadas con la intención de reducir la cantidad y nocividad para el medio ambiente de los RAEE, y sus materiales y sustancias.


Principio de la escalera (The Ladder Principle)
Dicha escalera establece un sistema de gestión cuyo escalón superior y, por tanto, el más preferible está ocupado por la reducción de residuos en origen (eliminación de partes supérfluas, reducción de peso o tamaño, eliminación de envases inútiles...) seguido de la reutilización (utilización de envases retornables) el reciclaje (obtención de materias primas para volver a ser utilizadas en la fabricación de nuevos productos), el aprovechamiento energético y, por último, el vertido controlado.
 

Productor
Productores de aparatos eléctricos y electrónicos: las personas físicas o jurídicas que, con  dependencia de la técnica de venta utilizada, incluidas la venta a distancia o la electrónica, fabriquen y vendan aparatos eléctricos y electrónicos con marcas propias, pongan en el mercado con marcas propias los aparatos fabricados por terceros y los que los importen de o exporten a terceros países. No se considerará productor al distribuidor si la marca del productor figura en el aparato, cuando el propietario de esa marca esté registrado en el Registro de establecimientos

industriales de ámbito estatal a que se refiere la disposición adicional primera. No tendrá la condición de productor la persona física o jurídica que exclusivamente financie operaciones de puesta en el mercado, salvo que actúe como productor según alguno de los casos previstos en el párrafo anterior. Para mayores informaciones consulte: Real Decreto 208/2005 de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, B.O.E. núm. 49 del sábado 26  de febrero de 2005.



Puesta a disposición de los residuos
Operación de entrega de los residuos. Puede constituirse mediante el depósito de los residuos en lugares destinados para ello por las Ordenanzas, u otras formas de tradición si así lo prescriben las normas de aplicación. Además, se entiende por puesta a disposición la entrega material de los residuos al gestor de los mismos. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


PWB (Printed Wired Board) Véase: Circuito Impreso


RAEE (Residuo de Aparatos Eléctricos y Electrónicos)
Se entenderá por residuos de aparatos eléctricos y electrónicos procedentes de hogares particulares los procedentes de domicilios particulares y de fuentes comerciales, industriales, institucionales y de otro tipo que, por su naturaleza y cantidad, son similares a los procedentes de hogares particulares. Estos residuos tendrán la consideración de residuos urbanos, según la definición del artículo 3.b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, según Real Decreto 208/2005 de 25 de febrero, sobre Aparatos Eléctricos y Electrónicos y la gestión de sus residuos, B.O.E. núm. 49 del sábado 26  de febrero de 2005.

RAEE históricos
Todos aquellos AEEs vendidos antes del 13 de agosto de 2005 y cuya característica es que NO se les ha aplicado ningún tipo de "costo" en su precio para financiar, en su día, ni su propia recogida y reciclado, ni el llamado "extracosto" para financiar la recogida y reciclado de RAEEs que se están produciendo ya. El AEE vendido a partir del 13 de agosto de 2005 debe, por ley (Directiva 2002/96/EC - R.D. 208/2005), incorporar el costo de su futura recogida desde los puntos de recogida (aqui esta la discusión) y su tratamiento, de acuerdo a las normas que indica la propia ley y, además, el llamado "extracosto" que debe permitir financiar una recogida y tratamiento, también de acuerdo con la misma ley (R.D. 205/2005 en el Reino de España) para TODOS los RAEEs vendidos entes del 13 de agosto de 2005. Existe obligación por ley (Dir/R.D.- disposición transitoria única) de informar sobre el "extracosto": "los productores deberán informar a los usuarios sobre la repercusión en su precio final de los costes de gestión de los aparatos existentes en el mercado antes del 13 de agosto de 2005, cuando devengan residuos". Es decir, informar sobre el "extracosto".

Desde el 13 de agosto de 2005 ninguna marca comercial genera históricos. Antes del 13 de agosto de 2005 todas las marcas generaron históricos.

A partir del 13 de agosto de 2005 puedes encontrarte con RAEEs históricos y no-históricos. Lo normal es que practicamente todos los RAEEs recogidos sean históricos salvo que algún AEE vendido después del 13 de agosto de 2005 haya tenido una mala vida y se haya convertido en RAEE prematuramente.

Lógicamente cada vez se generaran menos RAEEs históricos y más No-históricos. Por eso la Directiva/R.D. prevé unas fechas en las que el extracosto tiene que desaparecer: 13 de febrero de 2011 para todos los RAEEs excepto los de categoría 1 que lo serán en el 13 de febrero de 2013.

(texto aportado por Luis Irasarri)


Reciclado
El reprocesado de los materiales de los residuos, dentro de un proceso de producción, para su finalidad inicial o para otros fines, con la excepción de la valorización energética, que es el uso de residuos combustibles para generar energía a través de su incineración directa con o sin otros residuos, pero con recuperación de calor (Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de enero de 2003 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, RAEE).


Recogida (Disposal)

Operación consistente en recoger, clasificar y/o agrupar residuos para su transporte (Directiva 91/156/CEE del Consejo de 18 de marzo de 1991 por la que se modifica la Directiva 75/442/CEE relativa a los residuos)
Toda operación consistente en recoger, clasificar, agrupar o preparar residuos para su transporte (Ley 10/1998 de Residuos).


Recogida selectiva
El sistema de recogida diferenciada de materiales orgánicos fermentables y de materiales reciclables, así como cualquier otro sistema de recogida diferenciada que permita la separación de los materiales valorizables contenidos en los residuos. (Ley 10/1998 de Residuos).
 

RECUPEL: Único sistema de gestión de RAEEs de Bégica

RECYLUM: Sistema Integrado de Gestión francés, fundado el 26 de Mayo de 2005 por los cuatro grandes productores de lámparas: Philips Lighting, Osram, General Electric y Sylvania Lighting Internacional

Recuperación (Recovery)
Cualquiera de las operaciones que sean aplicables de las contenidas en el Anexo II.B de la Directiva 75/442/EEC. Cualquier tratamiento después de la etapa de recolección, por el que son obtenidos componentes materiales o energía para un nuevo ciclo de utilización.


Recuperación de energía
El uso de residuos combustibles para generar energía mediante incineración directa con o sin otros residuos, pero con recuperación de calor.


REEE – Residuos de Equipos Eléctricos y Electrónicos
Todos los equipos eléctricos y electrónicos que pasan a ser residuos. Véase: RAEE


REI - Registro de Establecimientos Industriales
http://www.mityc.es/raee
 

REI - RAEE Registro Nacional de productores de Aparatos Eléctricos Eletrócnicos
Este Registro tiene carácter único y estatal y responde a los requerimientos de la Directiva 2003/92/CE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, en la que se prevé la creación de un registro estatal en cada uno de los Estados miembros. http://www.mityc.es/raee


Residuo

Cualquier sustancia u objeto perteneciente a una de las categorías que se recogen en el Anexo I y del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención o la obligación de desprenderse (Directiva 91/156/CEE del Consejo de 18 de marzo de 1991 por la que se modifica la Directiva 75/442/CEE relativa a los residuos).
Cualquier sustancia u objeto perteneciente a alguna de las categorías que figuran en el anejo de esta Ley, del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención u obligación de desprenderse. En todo caso, tendrán esta consideración los que figuren en el Catálogo Europeo de Residuos (CER), aprobado por las Instituciones Comunitarias (Ley 10/1998 de Residuos).

Cualquier sustancia u objeto descrito en los apartados del artículo 3.1 del cual su poseedor se desprenda o tenga la obligación de desprenderse. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE)
Se entenderá por residuos de aparatos eléctricos y electrónicos procedentes de hogares particulares los procedentes de domicilios particulares y de fuentes comerciales, industriales, institucionales y de otro tipo que, por su naturaleza y cantidad, son similares a los procedentes de hogares particulares. Estos residuos tendrán la consideración de residuos urbanos, según la definición del artículo 3.b) de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, según Real Decreto 208/2005 de 25 de febrero, sobre Aparatos Eléctricos y Electrónicos y la gestión de sus residuos, B.O.E. núm. 49 del sábado 26  de febrero de 2005.


RSU (Residuos Sólidos Urbanos) o Residuos Municipales
Todos los residuos generados en los domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en los anteriores lugares o actividades.
Tendrán también la consideración de residuos urbanos los siguientes:
 Residuos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas.
 Animales domésticos muertos, así como muebles, enseres y vehículos abandonados.
 Residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria
(Ley 10/1998 de Residuos).


Residuos peligrosos
Aquellos que figuren en la lista de residuos peligrosos, aprobada en el Real Decreto 952/1997, así como los recipientes y envases que los hayan contenido. Los que hayan sido calificados como peligrosos por la normativa comunitaria y los que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que España sea parte. (Ley 10/1998 de Residuos).

contengan en su composición alguna de las sustancias y materias contempladas por la Legislación básica estatal y el Derecho de la Unión Europea en cantidades o concentraciones tales que representen un riesgo para la salud humana, recursos naturales y medio ambiente. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


Retardadores de llama
Son productos que se incorporan a un material llamado ignífugos para evitar o, al menos, retardar la propagación del fuego. Véase: Ignífugos, productos.


Reutilización o Reuso (Re-use)
Toda operación que permite destinar los RAEE o algunos de sus componentes al mismo uso para el que fueron concebidos. Este término comprende el uso continuado de los aparatos o de algunos de sus componentes devueltos a los puntos de recogida o a los distribuidores, empresas de reciclado o fabricantes (Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de enero de 2003 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, RAEE).


Scrap o E-Scrap
Scrap se define como todo equipo electrónico que ha llegado al final de su vida útil.


Scratch
Política de recompra de equipos informáticos antiguos para destruirlos, desmontándolos y reciclando sus partes para evitar que acaben en el mercado de segunda mano y vuelvan a ser usados.
 

SEPA: Agencia Escocesa de Protección del Medio Ambiente

SIMAVELEC: Syndicat des Industries de Materiéls Audiovisuels et Électroniques, en Francia

Sistema informático
Conjunto de dispositivos constituido por, al menos, una Unidad Central de Proceso (UCP), estando física y lógicamente conectados entre sí todos los equipos que lo integran, ya sea a través de canales -en local- o mediante líneas de telecomunicación. Representa la concreción e infraestructura física y lógica que sirve de soporte al proceso, almacenamiento, entrada y salida de los datos, textos y gráficos que forman parte de un sistema de información general o específico.


SIG (Sistemas Integrados de Gestión)
Sistema de gestión integrada de los sistemas (sistemas de calidad, medioambiente y riesgos laborales) o otras que pueden incorporarse). De esta forma se gestiona de forma activa e integrada la gestión medioambiental, la aplicación de la ley 31/95 de prevención de riesgos laborales, juntamente con la coexistencia de sistemas de calidad ISO 9000, permitiendo pensar en un modelo de gestión único con el objetivo de obtener un mejor resultado empresarial.


SIGCLIMA – Asociación de Empresas
Asociación creada por un grupo de empresas de Aire Acondicionado cuyo objetivo es implantar un Sistema Integral de Gestión para los residuos en el ámbito definido por la Directiva RAEE 2002/96 anexo 1A/1B, centrándose en la recogida y el tratamiento de equipos de aire acondicionado que han llegado al final de su vida. www.afec.es

Sistema Medio
Sistema informático compuesto por una UCP, Periferia, Terminales y Equipos de comunicaciones en el que el valor de su UCP expresado en pesetas corrientes de cada año está comprendido entre 10 y 100 millones.
 

Suelo contaminado
Todo aquél cuyas características físicas, químicas o biológicas han sido alteradas negativamente por la presencia de componentes de carácter peligroso de origen humano, en concentración tal y con por de un riesgo para la salud humana o el medio ambiente, de acuerdo con los criterios y estándares que se determinen por el gobierno. (Ley 10/1998 de Residuos).


Sustancia o preparado peligroso
Sustancia o preparado peligrosos: cualquier sustancia o preparación que se identifica como «peligrosa» en el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, o en el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado por el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero.


TRAGAMÓVIL - Fundación
La Fundación para la gestión medioambiental de aparatos de telefonía móvil (TRAGAMÓVIL) se constituye para la defensa del medio ambiente y para desarrollar este fin de interés general tiene por objeto: el diseño, organización y gestión de un sistema integrado de gestión de residuos de equipos de telefonía móvil, y sus consumibles, en cumplimiento de las normas comunitarias, estatales y autonómicas de residuos vigentes en cada momento. http://www.tragamovil.com


Tratamiento
Cualquier actividad posterior a la entrega de los residuos de aparatos eléctricos y  electrónicos a una instalación para su descontaminación, desmontaje, trituración, valorización o preparación para su eliminación  y cualquier otra operación que se realice con fines de valorización y/o eliminación de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, según Real Decreto 208/2005 de 25 de febrero, sobre Aparatos Eléctricos y Electrónicos y la gestión de sus residuos, B.O.E. núm. 49 del sábado 26  de febrero de 2005.


TRCs Tubos de Rayos catódicos


Valorización
Cualquiera de las operaciones enumeradas en el Anexo II B (Directiva 91/156/CEE modificado por 96/350/CE: Decisión de la Comisión de 24 de mayo de 1996 por la que se adaptan los Anexos II A y II B de la Directiva 75/442/CEE del Consejo relativa a los residuos).

Todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos sin poner en peligro la salud humana y sin utilizar métodos que puedan causar perjuicios al medio ambiente. En todo caso, estarán incluidos en este concepto los procedimientos enumerados en el anexo II.B de la Decisión de la Comisión (96/350/CE) de 24 de mayo de 1996, así como los que figuren en una lista que, en su caso, apruebe el Gobierno. (Ley 10/1998 de Residuos).

Operación de las enumeradas en el Anexo I del presente Reglamento cuyo objeto sea alcanzar un correcto grado de utilización de los residuos o recursos contenidos en los mismos. (Decreto 283/1995 Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía).


Vertedero
Lugar donde se depositan residuos de origen urbano o industrial. Puede tratarse únicamente de una acumulación incontrolada, con los consiguientes riesgos de incendio, sanitarios y ambientales, o de una instalación o vertedero controlado donde los residuos reciben algún tipo de tratamiento o almacenamiento.

Instalación de eliminación que se destine al depósito de residuos en la superficie o bajo tierra. (Ley 10/1998 de Residuos).


Vertedero controlado
Instalación de eliminación de residuos que se utiliza para el depósito controlado de los residuos en la superficie o bajo tierra.


Vertedero incontrolado
Lugar para verter materiales de desecho en el cual no se toman medidas de protección del medio ambiente.


Vertido
Acción y efecto de verter. En su afección ambiental se utiliza para designar la corriente de desperdicios, ya sean líquidos, sólidos o gaseosos, que se introduce en el medio ambiente.
Deposición de los residuos en un espacio y condiciones determinadas. Según la rigurosidad de las condiciones y el espacio de vertido, en relación con la contaminación producida, se establecen los tres tipos siguientes: vertido controlado, vertido semicontrolado y vertido incontrolado.


Vertido controlado
Acondicionamiento de los residuos en un espacio destinado al efecto, de forma que no produzcan alteraciones en el mismo, que puedan significar un peligro presente o futuro, directo o indirecto, para la salud humana ni el entorno.


Vertido semicontrolado
Acondicionamiento de los residuos en un determinado espacio, que sólo evita de forma parcial la contaminación del entorno.


Vertido incontrolado o salvaje
De residuos sin acondicionar, es aquél cuyos efectos contaminantes son desconocidos

 


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