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CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CELEBRACIÓN DE
CONGRESOS,
SEMINARIOS, JORNADAS Y ACTIVIDADES SIMILARES
El Consejo Social de la Universidad de Cádiz ha
resuelto hacer pública convocatoria de ayudas
dirigida a colaborar al desarrollo de Congresos,
Jornadas, Seminarios y actividades
similares:
BASES
1. Participantes.
Podrán beneficiarse de estas ayudas los miembros
de la Comunidad Universitaria que presenten sus
proyectos como integrantes de un colectivo universitario
(Departamento, Facultad o Escuela Universitaria,
Asociación, Grupo de Investigación,...)
2. Solicitudes.
2.1 Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr.
Presidente del Consejo Social de la Universidad
de Cádiz a través de la Secretaría del Consejo o
a través de los diferentes Registros de la
Universidad de Cádiz.
2.2 El plazo de presentación de las solicitudes
estará permanentemente abierto durante todo el
año y serán resueltos en el siguiente Pleno
a celebrar más próximo a la fecha de la
presentación realizada. Se deberá entender que
se atenderán las solicitudes recibidas hasta 10
días antes de la celebración del Pleno
correspondiente.
2.3 Las solicitudes deberán presentarse
acompañadas inexcusablemente de la siguiente
documentación:
Documento de la
Solicitud de ayuda
Proyecto que contenga actividad programada:
- Calendario aproximado de la realización de la
actividad;
- Presupuesto pormenorizado de los gastos
especificando aquellos para los que se solicita
ayuda;
- Previsión de ingresos con exclusión de la
ayuda que se solicita, y la declaración de otras
ayudas solicitadas o concedidas para el mismo
proyecto.
2.4 Sólo se podrá presentar una solicitud de
ayuda por convocatoria, cualquiera que sea el
peticionario.
3. Selección, exclusión y resolución.
3.1 Selección.
El estudio y la propuesta de selección de las
solicitudes presentadas corresponden a la
Secretaría del Consejo Social que elevará al
Pleno su propuesta para que sea estudiada y
aprobada si procede. La Secretaría del Consejo
podrá requerir de los solicitantes cuantos datos
y acreditaciones juzguen necesarios para la
valoración de los mismos.
La Secretaría del Consejo requerirá de los
diferentes Vicerrectorados información de
posibles concesiones de ayuda destinadas a la
misma actividad.
Con carácter general se tendrá en cuenta para la
concesión de las ayudas el interés que revista
la actividad, los participantes en la misma, su
viabilidad y repercusión.
3.2 Exclusiones.
Quedan expresamente excluidas:
- las peticiones de ayudas para viajes de
miembros de la comunidad universitaria, salvo
aquellas que tengan como misión la
representación de la Universidad en una
actividad, que deberán venir acreditadas por el
Vicerrectorado correspondiente;
- las actividades a desarrollar en el ámbito de
otro distrito universitario;
- las peticiones presentadas fuera del plazo
establecido;
- las actividades celebradas con anterioridad a
la fecha de apertura de presentación de
solicitudes;
- las peticiones realizadas por personas ajenas
a la comunidad universitaria de Cádiz y las
realizadas en nombre de colectivos no
universitarios, cualquiera que sea su
naturaleza.
3.3 Resolución.
El Pleno del Consejo Social resolverá la
concesión de la ayudas en la reunión a celebrar
en los plazos previstos con anterioridad
La Secretaría del Consejo Social comunicará a
los interesados la resolución tomada, con
especificación de la cantidad asignada a cada
una de ellas, en caso de ser aprobadas.
La cuantía máxima de ayuda que se podrá conceder
será de 1500 euros.
4. Pagos.
La Secretaría del Consejo Social abonará la
cantidad concedida como ayuda de forma directa
(abono de facturas) o ingreso en unidad de gasto
de la Universidad de Cádiz.
5. Justificaciones.
En el plazo de un mes desde la finalización de
la actividad subvencionada, los beneficiarios
estarán obligados a presentar en la Secretaría
del Consejo Social un breve Informe-Memoria de
la actividad realizada acompañada del material
publicitario de la misma.
6. Publicidad.
Se deberá hacer constar la colaboración del
Consejo Social de la Universidad de Cádiz en
folletos, carteles, catálogos, y en cualquier
documento gráfico editado al efecto con la
inclusión del logotipo y la expresión:
CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ
7. Obligación.
La participación a través de la presente
convocatoria implica la aceptación de las bases,
por lo que los beneficiarios de las ayudas
quedarán obligados a su cumplimiento. En caso
contrario este Consejo Social podrá anular la
ayuda.
Las ayudas habrán
de ser utilizadas obligatoriamente antes de la
finalización del año natural en el que han sido
concedidas
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