CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA CELEBRACIÓN DE CONGRESOS,

SEMINARIOS, JORNADAS Y ACTIVIDADES SIMILARES




El Consejo Social de la Universidad de Cádiz ha resuelto hacer pública convocatoria de ayudas dirigida a colaborar al desarrollo de Congresos, Jornadas, Seminarios y actividades similares:

BASES

1. Participantes.

Podrán beneficiarse de estas ayudas los miembros de la Comunidad Universitaria que presenten sus proyectos como integrantes de un colectivo universitario (Departamento, Facultad o Escuela Universitaria, Asociación, Grupo de Investigación,...)

2. Solicitudes.

2.1 Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Presidente del Consejo Social de la Universidad de Cádiz a través de la Secretaría del Consejo o a través de los diferentes Registros de la Universidad de Cádiz.

2.2 El plazo de presentación de las solicitudes estará permanentemente abierto durante todo el año y serán resueltos en el siguiente Pleno  a celebrar más próximo a la fecha de la presentación realizada. Se deberá entender que se atenderán las solicitudes recibidas hasta 10 días antes de la celebración del Pleno correspondiente.

2.3 Las solicitudes deberán presentarse acompañadas inexcusablemente de la siguiente documentación:

 

Documento de la Solicitud de ayuda

Proyecto que contenga actividad programada:

- Calendario aproximado de la realización de la actividad;
- Presupuesto pormenorizado de los gastos especificando aquellos para los que se solicita ayuda;
- Previsión de ingresos con exclusión de la ayuda que se solicita, y la declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas para el mismo proyecto.


2.4 Sólo se podrá presentar una solicitud de ayuda por convocatoria, cualquiera que sea el peticionario.

3. Selección, exclusión y resolución.

3.1 Selección.

El estudio y la propuesta de selección de las solicitudes presentadas corresponden a la Secretaría del Consejo Social que elevará al Pleno su propuesta para que sea estudiada y aprobada si procede. La Secretaría del Consejo podrá requerir de los solicitantes cuantos datos y acreditaciones juzguen necesarios para la valoración de los mismos.

La Secretaría del Consejo requerirá de los diferentes Vicerrectorados información de posibles concesiones de ayuda destinadas a la misma actividad.

Con carácter general se tendrá en cuenta para la concesión de las ayudas el interés que revista la actividad, los participantes en la misma, su viabilidad y repercusión.

3.2 Exclusiones.

Quedan expresamente excluidas:


- las peticiones de ayudas para viajes de miembros de la comunidad universitaria, salvo aquellas que tengan como misión la representación de la Universidad en una actividad, que deberán venir acreditadas por el Vicerrectorado correspondiente;
- las actividades a desarrollar en el ámbito de otro distrito universitario;
- las peticiones presentadas fuera del plazo establecido;
- las actividades celebradas con anterioridad a la fecha de apertura de presentación de solicitudes;
- las peticiones realizadas por personas ajenas a la comunidad universitaria de Cádiz y las realizadas en nombre de colectivos no universitarios, cualquiera que sea su naturaleza.


3.3 Resolución.

El Pleno del Consejo Social resolverá la concesión de la ayudas en la reunión a celebrar en los plazos previstos con anterioridad

La Secretaría del Consejo Social comunicará a los interesados la resolución tomada, con especificación de la cantidad asignada a cada una de ellas, en caso de ser aprobadas.

La cuantía máxima de ayuda que se podrá conceder será de 1500 euros.
 

4. Pagos.

La Secretaría del Consejo Social abonará la cantidad concedida como ayuda de forma directa (abono de facturas) o ingreso en unidad de gasto de la Universidad de Cádiz.

 

5. Justificaciones.

En el plazo de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada, los beneficiarios estarán obligados a presentar en la Secretaría del Consejo Social un breve Informe-Memoria de la actividad realizada acompañada del material publicitario de la misma.
 


6. Publicidad.

Se deberá hacer constar la colaboración del Consejo Social de la Universidad de Cádiz en folletos, carteles, catálogos, y en cualquier documento gráfico editado al efecto con la inclusión del logotipo y la expresión:


CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ


7. Obligación.

La participación a través de la presente convocatoria implica la aceptación de las bases, por lo que los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados a su cumplimiento. En caso contrario este Consejo Social podrá anular la ayuda.

Las ayudas habrán de ser utilizadas obligatoriamente antes de la finalización del año natural en el que han sido concedidas